lunes, 29 de febrero de 2016

Derecho Funcionarial y Carrera Docente.

Normativa de la Función Pública aplicada a la Carrera Docente
2.1 Principio de Especialidad de la Ley
A parte del principio de la legalidad existe un principio básico en el funcionamiento del Derecho Funcionarial, y es el principio de Especialidad de la Ley, que establece que cuando existe una norma general y una norma especial se aplica la norma especial.
Es por ello, que en la aplicación del Derecho, en lo que respecta a la Carrera Docente, la Ley del Estatuto de la Función Pública se concibe como la norma general y el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, actualmente vigente, es la norma especial.
Ahora bien, si recordamos el mandato de la LOE en referencia a la Carrera Docente delega en una Ley Especial, que aún no ha sido promulgada; hecho jurídico que se adapta perfectamente al principio de Especialidad de la Ley.
2.1.1. Ley del Estatuto de la Función Pública.
La Ley del Estatuto de la Función Pública no es una ley orgánica, es una ley especial reguladora del ejercicio de las funciones públicas en toda la Administración Pública, tanto nacional, estadal como municipal; a diferencia del Ley de Carrera Administrativa que aplicaba solo a la Administración Pública Nacional y que es derogada por LEFP.
Ahora bien, cuando aun siendo una norma especial esta funge como norma general del Derecho Funcionarial venezolano, sobre todo cuando existe una norma que regule un ámbito específico de la función pública como es el caso de la Carrera Docente.
2.1.2. Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente.
Es la norma especializada, que sigue vigente en tanto no contradiga la LOE, en lo que respecta a la Carrera Docente.
Esta es la Estructura de este instrumento legal, colocamos a la vez la vigencia de cada uno
TÍTULO I, Disposiciones Generales
TÍTULO II, Del Ejercicio de la Profesión Docente
TÍTULO III, De las Condiciones de Trabajo de los Profesionales de la Docencia
TÍTULO IV, Del Régimen Disciplinario del Personal Docente (Derogado por la Disposición Transitoria Primera numeral 5 de la LOE)
TÍTULO V, De las Vacaciones del Personal Docente
TÍTULO VI, Del Egreso y del Ingreso de los Profesionales de la Docencia (Derogado por el Reglamento Provisorio de Ingreso y Ascenso en la Docencia)
TÍTULO VII, Disposiciones Transitorias
TÍTULO VIII, Disposiciones Finales
2.1.3. Reglamento de Ingreso y Ascenso de la Carrera Docente.
Este instrumento es propuesto por la LOE en la disposición transitoria cuarta de la siguiente manera:
“En tanto se promulga la ley especial que regulará el ingreso, ejercicio, promoción, permanencia, prosecución y egreso en la profesión docente, con base en los principios constitucionales y en la presente Ley, se establece que el ingreso, promoción y permanencia de los educadores y las educadoras al Sistema Educativo, responderá a criterios de evaluación integral de mérito académico y desempeño ético, social y educativo, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica, y se ordena al órgano con competencia en materia de educación básica a establecer un Reglamento Provisorio de Ingreso y Ascenso en la Docencia, dentro de los tres meses siguientes a la publicación en Gaceta Oficial de la presente Ley.”
Cuyo carácter es provisorio o provisional mientras no se promulgue la Ley Especial de la Carrera Docente, pero es necesario recalcar que la segunda disposición transitoria de la LOE establece lo siguiente
“En un lapso no mayor de un año a partir de la promulgación de la presente Ley, se sancionarán y promulgarán las legislaciones especiales referidas en esta Ley.”
Y siendo la LOE promulgada en el 2009 debió haberse hecho lo propio con esta norma en el año 2011, y en el mismo año 2009 debió promulgarse el reglamento provisorio en materia de ingreso; pero no es hasta el 22 de julio de 2015 que el actual ministro en acto con el Presidente de la República informó de la promulgación del Reglamento de Ingreso y Egreso, pero hasta la fecha de la publicación de este material 10 de agosto de 2015 no ha sido publicado en Gaceta Oficial, aun así existe un documento en la página del Ministerio del Poder Popular para la Educación que dejamos en las referencias de esta publicación.

domingo, 28 de febrero de 2016

Lo que queda para mañana. Reflexiones domingueras de un maestro.

El domingo de cualquier docente que se asuma como tal es el día de un falso descanso en el cual la principal labor de la tarde o noche sera preparar los detalles para el día lunes, inicio de una semana de clases. Si ya esta hecha su planificación nunca faltan detalles, como revisar que contenido toca, si es necesario alguna copia, si los marcadores o la tiza están en el bolso, luego viene los toques técnicos del pasaje y demás gastos.

Es ahí cuando empieza un karma propio, no te alcanzo la quincena, no hay pasaje para mas de 3 o 4 días, ni dinero para el marcador que se seco, menos para la copia que necesitas en una actividad, deberás hacer un dibujo en la pizarra y que los muchachos se copien, ni hablar si tienes hijos y hay que comprarle zapatos que giran entre 8000 o 10000 bolívares, es decir dos quincenas.

Te tragas la amargura que se va volviendo rabia, te preguntas por que no estudiaste otra carrera, si tienes un familiar contador o ingeniero o quizás un abogado sabes que sus ingresos son el triple o hasta mas que el tuyo, siempre que no le trabajen a la administración publica. Caes en cuenta que eres un asalariado universitario ¿coño por que no estudie mecánica o administración? Es la pregunta casi que auto flagelante que te haces ese domingo.

Lo peor del caso es que se te esta acumulando la rabia, no se trata de un asunto de colores o de posiciones políticas, se trata de que estudiaste 3 años de preescolar; 6 años de primaria, cuando se empezaba con el objetivo 1 y se terminaba con el ultimo, entrabas en octubre y y salias en julio; 5 de bachillerato, cuando a la gente si no estudiaban la aplazaban; y 5 años de universidad, cuando había que tirar piedra en el comité sin cupo para entrar al pedagógico u otra casa de estudio, y luego adentro lidiar con tanto profesor sicópata que montaba los filtros de materias obligatorias, y te decían que era necesario filtrar porque maestro o profesor no era cualquiera.

Es que en ese tiempo un docente cobraba el equivalente a 2 o 3 salarios mínimos, la inflación era de uno o dos dígitos anuales. La plata rendía, como dice la gente. Ahora percibes tu realidad eres un profesional universitario asalariado e igualado al sueldo mínimo y tu única esperanza es tener los años de servicio completo para poder irte joven del ministerio y te juras a ti mismo que sobre tu cadáver dejaras que alguno de tus hijos sea maestro.

sábado, 27 de febrero de 2016

Coaching Virtual Blog Monetizado. Como aprender a crear y mantener un Blog que gane dinero.

Somos un grupo de docentes de primaria, profesores universitarios, emprendedores y apasionados por las redes sociales y los blogs. Hemos elaborado un programa de coaching dirigido a docentes y estudiantes universitarios, así como a otros profesionales que quieran obtener un ingreso extra en dólares.

Se trata de crear una comunidad virtual de aprendizaje por medio de la cual dirigiremos el coaching sobre Blogs Monetizados, que permitirá entrenar a las y los participantes a crear y mantener espacios en internet, inicialmente en Blogger, totalmente gratis, en los que puedes desarrollar blogs que puedan ser monetizados, publicando en el Blog publicidad de Google AdSense que seria pagada en una cuenta a tu nombre.

En el coaching virtual el participante obtendrá habilidades y destrezas que le permitirán

1. EJECUTAR UN PROYECTO EDITORIAL DE UN BLOG.
2. ESTABLECER UNA PLATAFORMA DE MONETIZACIÓN.
3. CREAR CONTENIDOS Y DISEÑOS EN BLOGGER.
4. IMPLEMENTAR ESTRATEGIAS DE MARKETING VIRTUAL.

Todo este coching es para ti GRATIS, tiene una duración de 14 semanas y se impartirá en el sitio web Docentes de Venezuela que se encuentra en este momento en construcción, pero al cual puedes ingresar con tu cuenta Facebook.

Para participar en nuestro coaching deberás inscribirte en este, además de ello recomendamos tengas las siguientes condiciones y/o recursos: disciplina, organización, disponibilidad de por lo menos media hora diarias durante las próximas 14, perfil de redes sociales (Facebook, Twitter) tu nombre con mas de 500 contactos (opcional), acceso regular a internet, una cuenta gmail (obligatoriamente, sino la tienes la puedes abrir)

Para monetizar tu Blog requerimos que solicites en este enlace tu tarjeta payoneer, este instrumento es obligatorio para los participantes de la comunidad de coaching, al recibir en tu correo la confirmación de envió de esta tarjeta debes tomar un fondo de pantalla y hacerla llegar por el correo kinyivi@gmail.com.

Debemos aclarar que el coaching y la participación en la comunidad es totalmente gratis, pero al solicitar la tarjeta payoneer desde nuestros enlaces te conviertes en un referido nuestro por lo tanto al momento de obtener de AdSense la totalidad de 100 dólares nosotros ganaremos 25 dólares y tu ganaras 25 dólares como parte del premio del programa de referidos de Payoneer. 

Por ello, en nuestro coaching es de vital interes nuestro que tu logres alcanzar la meta de aprender a crear y mantener el blogging monetizado pues la unica manera de nosotros ganar es que tu ganes con tu trabajo, por eso creemos esencialmente en el trabajo colaborativo que permitirá crear una fuerte comunidad de Blogueros en donde todos ganaremos poniendo en practica el método que hemos ideado.

Para lograr esta meta ponemos a disposición una plataforma que consiste en la fans page Blogging Venezuela y la comunidad de Blogueros de Venezuela. Puedes afiliarse a estas sin formar parte del coaching, aunque lo ideal es que te integres a esta propuesta.

Si tienes alguna duda puedes hacer tu comentario.

viernes, 26 de febrero de 2016

Derecho Funcionarial y Carrera Docente, una terminología básica.

Inicialmente para poder comprender la carrera docente enel marco del Derecho Funcionarial es necesario entender que la función pública es el conjunto de actividades propias del Estado que las personas naturales realizan, de una forma u otra, obligadas por delegación del derecho público que regula al Estado.

Estas actividades son todas las que por delegación de la Constitución y la Ley le corresponden como funciones a los distintos órganos del Estado, que para efectos del Derecho Administrativo y el Derecho Funcionarial se le llama Administración Pública. Por ejemplo: salud, educación, servicios públicos, empresas del Estado, estructura de gobierno, seguridad y defensa, entre otras.

Por ende, a las personas que realizan estas actividades por delegación de la Administración Pública se les llaman funcionarios públicos. Estos son los agentes, en el sentido amplio, provistos de autoridad para ejercer determinadas funciones, bien sea por elección popular o por nombramiento de la autoridad pública competente.

Es a su vez necesario aportar que los funcionarios públicos son de tres tipos: los de elección popular, los funcionarios públicos de carrera y los funcionarios públicos de libre nombramiento y remoción. La diferencia entre los tres se centra en el origen de su nombramiento, su estabilidad y el retiro; es así como los primeros se originan de la voluntad popular, su estabilidad esta regulada por la Ley y su retiro es al finalizar su periodo; los segundos se rigen por normas previamente establecidas para su ingreso, cuentan con derecho a la estabilidad, lo que no niega su retiro siempre y cuando se produzca un procedimiento para tal fin y una causal, mas sin embargo pueden retirarse de sus funciones cumpliendo con las normas de la Seguridad Social por vía de la jubilación o la incapacidad; los terceros son mas discrecionales en su ingreso y retiro, y no gozan de estabilidad en sus cargos por lo que su delegación es funcional y dependen de la autoridad que lo nombre, la cual puede en cualquier momento hacer cesar la delegación de este tipo de funcionario, retirándolo del servicio.

Por su parte el Derecho Público es la rama del Derecho que regula el funcionamiento del Estado, y que es junto con el Derecho Privado constituyen el sistema jurídico de un Estado.

Como vimos, la Educación es función indeclinable del Estado, esto convierte cualquier norma que regule a esta en una Norma de Derecho Público, esto sumado a la definición de la Educación como un servicio público llega a determinar que las personas encargadas de la concreción de la Educación, es decir las y los Docentes son, a parte de trabajadores que mantienen una relación laboral con la Administración Pública, funcionarios públicos, que por las características propias de su ejercicio son funcionarios públicos de carrera.

En estas características esenciales de la Educación, función indeclinable del Estado y servicio público sumado al de Derecho Humano, son las que integran a la Carrera Docente en la Función Pública y por ende determinan que la y el docente sean funcionarias públicas y funcionarios públicos

De igual manera, es necesario recalcar que la Función Pública en el mundo y durante la historia no ha sido única, en ella se han expresado formas de asumir la relación entre el Estado y las personas en la cual este delega el cumplimiento de sus funciones. Es así como existen dos grandes modelos o sistemas de la Función Pública: el modelo o sistema contractual y el modelo o sistema estatutario.

El primero de ellos, el Modelo Contractual, se fundamenta en un ingreso libre según las competencias de los aspirantes. Estos últimos son nombrados por contrato entre estos y la Administración Pública sin que prive sobre esta alguna obligación para mantener la estabilidad del funcionario público, el cual al terminar el periodo de tiempo establecido por el contrato es retirado. De igual manera, de producirse una falta del funcionario este es retirado de inmediato sin que exista procedimiento disciplinario o administrativo.

El segundo es el Modelo Estatutario, que se basa en el ingreso por vía de concurso u otro procedimiento, existe, en caso de los funcionarios de carrera, contrato colectivo que regula las relaciones de trabajo con la Administración Pública, gozando el funcionario de estabilidad, expresado en la existencia del procedimiento disciplinario o administrativo, regulado por la Ley.

jueves, 25 de febrero de 2016

Precarización Salarial de los Docentes en Venezuela.

Muchas son las opiniones sobre el paro nacional llevado a cabo docentes dependientes del otrora Ministerio del Poder Popular para la Educación, que desde la gestion de Hanson y Hector Rodriguez se convirtió en el Ministerio de la Calidad Educativa, paradigma que revindica un principio neoliberal: la calidad.

Y resulta interesante que sea un ministerio de un gobierno revolucionario el que impulse una Educación de Calidad cuando esta es uno de los elementos programáticos de los neoliberales. Teniendo eso en cuenta es necesario entonces entender que la calidad educativa que pregona el actual Ministerio de Educación ha tomado en cuenta todos los factores del hecho educativo, menos uno de ellos, el factor excluido no es otro que el talento humano, que ha sido colocado a un aldo en sus aspiraciones económicas que son tan validas como la de cualquier profesional y ha sido llevado a una precarización se su salario, equiparando su sueldo al sueldo minimo establecido para todos los trabajadores.

Tomemos de ejemplo los siguientes datos comparando sueldo basico docente I de 33,33 horas, es decir docente de primaria y preescolar, en las diferentes contrataciones colectivas, desde el 2009, con respecto al sueldo mínimo vigente para el final de cada uno de los años y tenemos el siguiente resultado

Podemos así percibir en los últimos años, desde el 2013, el salario básico del docente a venido siendo igualado, o hasta devaluado con respecto al salario mínimo, como se evidencia en el 2014, aun cuando la legislacion laboral venezolana prohíbe que se remunere una relación laboral por menos de este estándar salarial.

 Ahora bien, a este proceso se le suma el efecto de la inflación, y todo esto se le conoce como precarización salarial, que si es sumado a la existencia de la practica de colocar docentes sin pagarles por falta o retardo de los mecanismos de ingreso estamos en presencia de la flexibilización laboral, de la cual escribiremos en las próximas entregas, encontraríamos elementos suficientes para catalogar el Ministerio de Educación como un ente con practicas de clara tendencia neoliberal, es decir con tendencias del modelo económico que dice el gobierno enfrentar.

Por todo ello, se debe considerar prudente la reflexión sobre la lucha por las reivindicaciones laborales del ministerio, porque no se puede olvidar que las luchas sindicales o gremiales justas son parte de la lucha de clases que no solo se debe pregonar en la retorica por quienes señalen posiciones de izquierda. 

De igual manera, se debe tomar mucho cuidado de no partidizar una lucha como esta porque como el carácter justo de la misma se vería empañado por pretenciones de los bandos políticos que forman parte de la sociedad venezolana.


miércoles, 24 de febrero de 2016

Curso Blog Monetizado, aprende a crear y mantener un blog que gane en dolares. (Para Docentes y Estudiantes) DALE CLIC AL ENLACE: Aula Virtual de la Comunidad de Aprendizaje Diaspora Vzla - Aula Virtual Diáspora Vzla

La actual crisis económica a llevado a los docentes a replantearnos el quehacer en el aula, sumando las capacidades que tenemos en esta, cuando somosmcapaces de realizar complejos procesos de aprendizaje junto con los estudiantes y comunidad, manejando registro de todo lo que se hace, utilizando de forma dispersas las tecnologías como lo son las redes sociales e internet en general; por todo ello nos proponemos crear una comunidad de aprendizaje virtual que sea capaz de impulsar la creación de Blogs utilizando Blogger para poder generar ingresos.

Esta propuesta se realizaría por medio de un curso que articula un aula virtual Chamilo con comunidades o grupos y creados en paginas y grupos de facebook y otras redes sociales.

Toda esta propuesta es absolutamente gratis y se fundamenta en el conectivismo y el trabajo colaborativo. Lo único que se requiere es tener la voluntad de obtener un ingreso, disponibilidad de dos horas de tiempo, disciplina y constancia y un regular acceso a internet.

PARA INSCRIPCIONES DALE CLIC AL ENLACE QUE APARECE ARRIBA.

Paro Docente en Humocaro Alto por un Salario Digno

El llamado a paro de parte de la coalición intersindical fue asumido desde el día martes en la zona alta del municipio moran, específicamente en la parroquia Humocaro Alto, en donde las y los educadores del NER 093 se concentraron en la plaza Bolívar el día martes, y luego se les unió la Escuela Primaria Guayauta el día miércoles 24.

El clamor de este colectivo es el mismo que en todas partes de Venezuela, queremos y exigimos un salario justo a la misión docente ya que no se pude subsistir con sueldos de 9000 Bs al mes, con seguros de HCM de pírricos 25000 Bs, mientras a otros profesionales de la administración publica se les dan suedos de 3 salarios mínimos el Ministerio de Educación (le quitamos intencionalmente lo de Poder Popular) ofrece irrisorios aumentos de 50% fraccionado.

Este hecho que amerita la protesta consciente y activa del magisterio venezolano es considerado un descaro cuando se pretende impulsar un modelo educativo basado en la calidad cuando no se considera el talento humano que hace posible esta.

Por tales razones desde las montañas de Humocaro Alto los educadores y educadoras nacionales nos declaramos en pie de lucha para hacer valer nuestros derechos,sin miedos a amenazas de descuentos de días pues nuestro día de salario de 600 Bs no puedo comprar la dignidad de los profesionales de la docencia.